«Paga tu pasaje»: La ley que tratara de frena la evasión en el transporte público con duras sanciones administrativas y deportivas
La publicación de la ley 21.816 en el Diario Oficial marca un endurecimiento contra la evasión en el transporte público, introduciendo la prohibición de ingreso a partidos de fútbol profesional y el bloqueo de pasaportes para quienes sean incorporados al Registro de Pasajeros Infractores.
Santiago, Chile. El debate sobre el financiamiento del sistema de transportes y las conductas de los usuarios suma un capítulo definitivo tras concretarse un cambio radical en las reglas del juego para quienes se desplazan sin pagar. El martes dos de junio se publicó de manera oficial en el Diario Oficial la nueva ley 21.816, bautizada bajo el nombre de «Paga tu pasaje», una normativa que modifica la Ley de Tránsito vigente con el objetivo central de aumentar de forma drástica las sanciones económicas y administrativas para quienes cometan evasión en el transporte público. La iniciativa legal, que ya había sido despachada por el Congreso el pasado ocho de abril, cuenta con la total toma de razón por parte de la Contraloría General de la República, quedando lista para su aplicación efectiva en las calles.
Esta nueva legislación busca frenar una práctica extendida y lo hace tocando teclas que van mucho más allá de una simple multa monetaria, vinculando la falta de pago con restricciones en el ámbito de la entretención, la documentación de viaje e incluso la situación migratoria de los infractores.
Las nuevas facultades de fiscalización y biometría
El corazón de la ley introduce modificaciones sustanciales en la forma en que se detecta y procesa la evasión en el transporte público. A partir de su entrada en vigencia, se estipula un incremento significativo en el personal que cuenta con las atribuciones legales para efectuar fiscalizaciones en terreno. Si personal de Carabineros, inspectores fiscales o fiscalizadores municipales constatan que un usuario no validó su pasaje, tendrán la obligación de remitir de forma inmediata todos los antecedentes recabados a la Subsecretaría de Transportes, organismo encargado de iniciar formalmente el respectivo procedimiento sancionatorio.
Una de las herramientas más tecnológicas que añade el texto legal es la autorización para utilizar mecanismos de autenticación biométrica en pleno control. Esta medida se aplicará en aquellos casos donde la persona fiscalizada no porte su cédula de identidad física o cuando, por diversos motivos, no sea factible comprobar sus antecedentes personales en el lugar.
Fin al ingreso por la puerta trasera y cobros inmediatos
La normativa ataca directamente una de las conductas más visibles en los paraderos del sistema. De ahora en adelante, la ley prohíbe explícitamente ingresar a los buses de la locomoción colectiva utilizando la puerta trasera, dejando como única excepción los casos específicos que determine de forma expresa el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. La redacción de la normativa es tajante en este punto: se presumirá legalmente que cualquier persona que acceda por las puertas de salida sin la autorización debida no realizó el pago de su tarifa, transformándose de inmediato en un sujeto de sanción.
Respecto al procedimiento de cobro, si un pasajero es sorprendido cometiendo evasión en el transporte público, se le aplicará el cobro de una tarifa recargada. El valor de este cobro será estrictamente proporcional a la tarifa de adulto que se encuentre vigente al momento de la infracción. El infractor tendrá la obligación de pagar dicho monto en el acto si desea permanecer a bordo del vehículo o dentro de las dependencias e instalaciones del sistema. Si el usuario decide no pagar en el momento, el personal a cargo de la fiscalización enviará los datos de la infracción a la Subsecretaría de Transportes, entidad que gestionará de manera posterior el cobro de la multa respectiva. Aquellos que decidan no cancelar la multa en los plazos fijados por la legislación serán inscritos de manera automática en el Registro de Pasajeros Infractores.
Bloqueo de pasaportes, fútbol y visas
El aspecto más severo de la ley «Paga tu pasaje» radica en las consecuencias colaterales de ingresar al mencionado registro. En el ámbito deportivo, la ley establece que se prohibirá de forma total la venta de entradas y el libre acceso a los recintos donde se desarrollen espectáculos de fútbol profesional a todas las personas que se encuentren activas en el Registro de Pasajeros Infractores. Para hacer cumplir esta restricción, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones enviará periódicamente la nómina actualizada de los sancionados al Ministerio de Seguridad Pública.
Por su parte, el Servicio de Registro Civil e Identificación quedará plenamente facultado por esta ley para rechazar de plano cualquier solicitud nueva o trámite de renovación de pasaporte a los ciudadanos que figuren con deudas pendientes en el registro de evasores. Asimismo, la normativa introduce una modificación directa a la Ley de Migración y Extranjería, ordenando de forma obligatoria que se rechacen de manera definitiva las solicitudes de residencia en el país para aquellos ciudadanos extranjeros que queden inscritos tras ser sorprendidos cometiendo evasión en el transporte público.
Finalmente, el cuerpo legal regula el uso indebido de pases y tarjetas con beneficios de tarifa rebajada. Personal de Metro, EFE, Carabineros, inspectores y los propios prestadores del servicio de transporte público de pasajeros podrán retener, inutilizar o denunciar las tarjetas magnéticas si comprueban que están siendo usadas por personas que no son sus titulares legítimos. Los infractores de este apartado serán anotados en el Registro de Usuarios, arriesgando perder el beneficio o la exención tarifaria por el periodo de un año, sanción que aumentará a dos años en caso de reincidencia.
