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“Arbitraria” rebaja de sueldos en salud “El fallo agudiza la crisis entre la alcaldesa Macarena Ripamonti y los funcionarios”

La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de protección de 452 trabajadores de la Atención Primaria de Salud y declaró arbitraria la medida aprobada por el Concejo Municipal, ordenando revertir los descuentos y restituir los montos afectados, en un revés significativo para la administración de la alcaldesa Macarena Ripamonti.

Viña del Mar, Chile. — La Corte de Apelaciones de Valparaíso dictó un fallo unánime que califica de arbitraria la rebaja salarial aplicada a funcionarios de la salud primaria municipal, dejando sin efecto actos administrativos impulsados por la Municipalidad de Viña del Mar y la Corporación Municipal de Viña del Mar (CMVM). La decisión obliga a revertir los descuentos y restituir íntegramente lo descontado a los 452 trabajadores recurrentes.

El tribunal, integrado por las ministras Carolina Figueroa y Nancy Bluck, junto al abogado integrante Álvaro Pavez, acogió el recurso de protección presentado por los afectados de las categorías A y B —las de mayores remuneraciones—. La medida cuestionada fue aprobada por el Concejo Municipal en julio de 2025 y ejecutada en agosto mediante resoluciones específicas.

Fallo declara arbitrariedad y vulneración de igualdad ante la ley

La sentencia establece que la decisión resulta arbitraria “en cuanto aparece contraria a la justicia y la razón dictada por la sola voluntad de las recurridas, sin un razonamiento suficiente y serio”. Los magistrados analizaron los motivos esgrimidos por las autoridades —como el ajuste al artículo 39 de la Ley 19.738, la planificación presupuestaria, la realidad financiera, el hecho de que los sueldos base superan el mínimo nacional y la continuidad del servicio— y concluyeron que no justifican razonablemente la rebaja implementada.

Un eje central del razonamiento judicial es la afectación a la igualdad ante la ley, consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución. La nueva escala produce una reducción de las remuneraciones en las categorías A y B —a las que pertenecen los recurrentes—, mientras genera un aumento en el resto de las categorías. El fallo subraya que no es aceptable que el déficit presupuestario deba ser soportado por los trabajadores de la Corporación Municipal, menos aún cuando recae solo sobre parte de los funcionarios, sin afectar las remuneraciones del resto, las que por el contrario se verán incrementadas.

La Corte también consideró vulnerado el derecho de propiedad de los afectados, al imponer descuentos unilaterales sin criterio objetivo que los sustente. En consecuencia, se dejaron sin efecto varios actos administrativos clave: la Resolución Exenta N° 418 de la Corporación Municipal (30 de julio de 2025), el Acuerdo del Concejo Municipal N° 18.091 (31 de julio de 2025, Acta N° 1.749), el Decreto Alcaldicio N° 10012 (6 de agosto de 2025) y la Resolución Exenta N° 464 (7 de agosto de 2025).

Agudización de la crisis en la administración municipal

El fallo representa un duro revés para la gestión de la alcaldesa Macarena Ripamonti, ya que la medida había sido impulsada como parte de ajustes para enfrentar la realidad financiera de la Corporación Municipal. La resolución judicial ordena a la Municipalidad de Viña del Mar y a la CMVM restituir los montos descontados, sin costas para las partes.

Esta decisión agudiza la crisis entre la alcaldesa Macarena Ripamonti y los funcionarios de salud municipal, uno de los conflictos más graves de su administración. El tribunal refuerza que las modificaciones a las escalas remuneracionales no pueden adoptarse de forma arbitraria ni discriminatoria, especialmente en contextos de restricciones presupuestarias que impactan de manera desigual a grupos específicos de trabajadores.

Con este pronunciamiento, la Corte de Apelaciones de Valparaíso pone fin —en esta instancia— a la controversia generada por la nueva tabla de sueldos, respaldando la posición de los 452 profesionales y funcionarios de la Atención Primaria de Salud que cuestionaron la rebaja por considerarla injustificada y contraria a principios constitucionales. La sentencia deja establecido un precedente relevante sobre la protección de derechos laborales en el ámbito municipal frente a medidas de ajuste financiero.

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